Cualquier persona residente en país extranjero, sea chileno o de la nacionalidad del respectivo país, puede otorgar instrumento público o privado respecto de actos o contratos que hayan de tener efecto en Chile.

Para ello deben concurrir o al Consulado de Chile en el país o ante un notario del lugar.

Una vez suscrito y entregadas las copias autorizadas del documento, este debe cumplir con el trámite de Legalización ante el respectivo agente consular y Ministerio de Relaciones Exteriores en Chile. Finalmente, para ser utilizado en nuestro país debe ser protocolizado en Notaría.

INGRESA AQUI a los aranceles de éste y otros trámites regulados por decreto.